Aunque ningún capítulo
del Proyecto de Constitución de la República de Cuba pasa inadvertido en las consultas populares, el Título II,
referido a los fundamentos económicos, suscita cuantiosas interpretaciones, esencialmente
sobre la necesaria celeridad como elemento clave para impulsar la actualización
del modelo de sociedad que la mayoría
aspira a construir.
Con vehemencia las
valoraciones reconocen el progreso con respecto a la actual Constitución, pues amplía los tipos de
propiedad, pese a que las concibe articuladas para tributar a los distintos
planes de desarrollo, como se esboza en los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la
Revolución, por integrarse al
sistema de planificación del Estado para poder controlar y balancear los
recursos de la nación
La ciudadanía agradece
el ampliado enfoque, pero pone acento en la socialista de todo el pueblo por ser la máxima responsable en
seguir respondiendo a los principales procesos transformadores en beneficio de la población, entre ellos el
desarrollo integral, la educación y la salud gratuitas para todos. Ante este
reto, el énfasis en el acápite se centra en el imprescindible incremento del
sentido de pertenencia de la población por los bienes estatales para que
cumplan cabalmente las funciones de locomotora en el despegue de la economía.
De ahí, el reclamo de
las masas de que la nueva Carta Magna
sea más precisa en las búsquedas para que los trabajadores asalariados tengan
remuneraciones más ajustadas a las condiciones del país, pues generalmente son
insuficientes por el encarecimiento de la vida debido a los elevados precios de
las mercancías nacionales e importadas.
Sobre la modalidad privada se solicita que el Estado
regule a tiempo el monto de las riquezas sobredimensionadas de individuos o
familias para evitar que en ocasiones puedan interferir en la aplicación de los
principios de equidad y justicia, y no vuelvan los tiempos de abismales
diferencias sociales.
Aunque para muchos están
claros los distingos entre la privada
y la personal, algunos piensan que
debieran fusionarse porque ambas responden a individualidades.
La mixta remueve viejas aspiraciones de cuantiosos cubanos, residentes
dentro y fuera de la Isla, porque consideran poseer requisitos similares a los
extranjeros para invertir sus riquezas, lógicamente para incrementarlas y
protegerlas, aunque aumentarán los posibles
montos monetarios a disposición de distintos planes.
Pese a que la
correspondiente a organizaciones
políticas, sociales y de masas no ha levantado muchos revuelos, algunos
puntos de vista sugieren usos correctos para garantizar la vitalidad de la
misma y evitar deterioros e irregularidades.
En cuanto a la cooperativa las opiniones giran
alrededor del cumplimientos de los requerimientos para que progresen los
respectivos miembros y satisfaga las metas del encargo social..
Concepciones abarcadoras,
aunque veces con recelos sobre algún tipo, generalmente apuntan a la aceptación
de la definición del Estado para seguir progresando con el aporte de todas las
vías, como cuestión estratégica para insertarnos en el actual mundo, no
retroceder ni estancarnos.
Los debates en Las Tunas
entronizan con los conceptos generales vertidos en las distintas provincias, y
demuestran fe y esperanza en que la nueva demostración de democracia
participativa contribuya a que la Ley de
Leyes que se apruebe contenga el sentimiento de los cubanos dignos, que
apuestan por a la consolidación de la
obra común que se construye con esfuerzos mancomunados de todos.
Y por eso, mayoritariamente
los criterios expuestos concuerdan con el Artículo 20 del Proyecto de Constitución: “En la República de Cuba rige el sistema
de economía basado en la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los
medios fundamentales de producción , como forma de propiedad , y la dirección
planificada de la economía, que
considera y regula el mercado, en función de los intereses de la sociedad”.
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